RESOLUCION EXENTA SII N°14 DEL 26 DE ENERO DEL 2006
MATERIA : AUTORIZA A PROCEDER CONFORME AL MODELO DE OPERACIÓN DE CONTABILIDAD ELECTRÓNICA A CONTRIBUYENTES QUE SEÑALA.
Hoy se ha resuelto lo que sigue:
VISTOS: Lo dispuesto en el Art. 6°, Letra A), N° 1, del Código Tributario, contenido en el Art. 1° del D.L. N° 830, de 1974; en la Resolución Ex. Sii N°150 de diciembre de 2005 y,
CONSIDERANDO:
1°Que, los contribuyentes que se detallan en el Resolutivo primero han solicitado incorporarse al modelo de operación de Contabilidad Electrónica establecido en la Res. Ex. SII N°150 de diciembre de 2005, a partir del año 2006.
2° Que dichos contribuyentes han solicitado adicionalmente, que se extienda la autorización para almacenar los libros contables para fines tributarios, en un medio digital, para períodos anteriores al año 2006.
3° Que, los contribuyentes citados, cumplen los requisitos establecidos en la referida Res. Ex. SII N° 150 de diciembre de 2005, y cuentan con CAL (Códigos de Autorización de Libros) para los Libros Contables Electrónicos.
SE RESUELVE:
Primero: Autorízase a proceder conforme al modelo de operación de Contabilidad Electrónica, a partir del año 2006, a los contribuyentes
Transtecnia S.A. RUT 79.907.790-6
Onvision S.A. RUT 76.372.100-0
Oxiquim S.A RUT 80.326.500-3
Soluciones medio ambientales LTDA. RUT 76.227.450-7
Epoxa S.A. RUT 96.807.660-4
Sintex S.A. RUT 92.013.000-3
Dilox S.A. RUT 96.852.670-7
Segundo: Autorízase además a dichos contribuyentes para almacenar, para fines tributarios, los libros contables de años anteriores al año 2006, en un medio digital.
Tercero: Los contribuyentes autorizados deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 150, de Diciembre de 2005.
Anótese, Comuníquese y Publíquese en Internet
(Fdo) JUAN TORO RIVERA
DIRECTOR
Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento y demás fines
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